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La obligación in solidum en el derecho francés. Su proyectada adopción por el sistema chileno
El estudio de las obligaciones in solidum del derecho francés supone una categoría obligacional de relevante análisis, para quienes, desde las veredas del derecho chileno, discuten en torno a su argumentación normativa. Bien es sabido que Andrés Bello consignó en el Código Civil chileno el artículo 2317, el cual regula un caso de solidaridad legal para supuestos de comisión conjunta de delitos y cuasidelitos civiles. Una disposición equivalente no se detecta en el Code de 1804 ni en sus posteriores reformas. De aquí que se haya postulado por importantes voces de la doctrina chilena que en nuestro ordenamiento jurídico no tendría cabida una proyección similar a la francesa, al menos desde una perspectiva general. Dicho planteamiento ha sido contestado en la actualidad bajo una serie de argumentos que, aunque deben seguir madurando, reflejan el interés de parte de la academia chilena actual por el reconocimiento de las obligaciones in solidum, mejor denominadas concurrentes o por el total no solidarias.
In solidum
Concurrentes
Solidaridad